Ad Code

Responsive Advertisement

Artículo 3. El idioma nacional

1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.
Los extranjeros que han conseguido la nacionalidad española y que no dominan el español perderán su nacionalidad excepto los refugiados que han entrado legalmente en España con la obligación de hablar, leer y escribir el español en un plazo de tres años.

2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Regiones de acuerdo con sus Estatutos. El Castellano prima sobre las lenguas regionales para facilitar la comunicación.

3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.

Publicar un comentario

0 Comentarios

Ad Code

Responsive Advertisement